COMPRA DE RÉPLICAS · INFORMACIÓN LEGAL

Réplicas de airsoft y 4.ª categoría

La compra y la tarjeta de armas son trámites relacionados, pero distintos. AirsoftDB debe documentar y declarar la venta; el comprador solicita la tarjeta en el Ayuntamiento de su municipio.

Antes de comprar una réplica

Solicitaremos los datos de identidad necesarios y asignaremos a la unidad vendida su número de serie. El procedimiento municipal y la documentación adicional pueden variar, por lo que conviene consultar previamente con el Ayuntamiento.

1. Qué hace AirsoftDB

Antes de comercializar réplicas, AirsoftDB debe comunicar la actividad a la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil correspondiente.

En cada venta identificaremos al comprador y la réplica, incorporaremos a la factura los datos necesarios —incluido el número de serie de la unidad— y realizaremos las comunicaciones exigibles al Ayuntamiento de residencia y a la Intervención de Armas.

  • Comprobación de identidad del comprador.
  • Marca, modelo, calibre, categoría y número de serie en la documentación de venta.
  • Documentación necesaria para que el comprador tramite la tarjeta.
  • Registro interno y comunicación de la venta a las autoridades competentes.

2. Qué hace el comprador

El titular debe consultar y tramitar la tarjeta de armas en el Ayuntamiento del municipio donde reside. No es una licencia de armas, pero la tarjeta debe acompañar a la réplica cuando se lleve o utilice fuera del domicilio.

  • Presentar identificación y acreditar la titularidad mediante la factura.
  • Aportar las tarjetas o impresos oficiales y la documentación que solicite el Ayuntamiento.
  • Esperar la concesión antes de llevar o utilizar la réplica fuera del domicilio.
  • Transportarla descargada, dentro de su caja o funda y únicamente para un desplazamiento justificado.

3. Tarjetas A y B

La categoría concreta depende del sistema de funcionamiento. Las armas automáticas se someten al régimen de la categoría 4.1 y las accionadas por muelle o resorte al de la 4.2; para otros sistemas se aplica la clasificación correspondiente del Reglamento de Armas.

La tarjeta A puede documentar armas de categoría 4.1 y tiene, con carácter general, una validez de cinco años. La tarjeta B documenta armas de categoría 4.2 y su validez general es permanente. La autoridad municipal puede establecer límites o requisitos adicionales.

4. El procedimiento depende del Ayuntamiento

El Reglamento atribuye la concesión al Alcalde. Cada Ayuntamiento puede organizar el trámite a través de registro, Policía Local u otra unidad, cobrar una tasa y solicitar documentos adicionales. AirsoftDB facilitará la documentación de la venta, pero no puede conceder ni garantizar la tarjeta.

Normativa de referencia

Esta guía es informativa y resume la normativa vigente. En caso de duda prevalecen el texto oficial y las indicaciones de la Intervención de Armas y del Ayuntamiento competente.